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Comunicado Cooperativa de Teléfono de General Lagos

Consejo de Administradores de CoTelSer.-

24/02/18 10:59 | Locales

El Consejo de Administradores de la Cooperativa de Provisión de Telecomunicaciones y Servicios de General Lagos LDTA. Se dirige a Uds. con el fin de echar luz a cuestiones de índole general atinentes a la gestión realizada por el Ex Presidente de este honorable Consejo, el Sr. Guillermo Javier Nardoni, con motivo de las publicaciones falaces realizadas en torno a ella con posterioridad a la presentación de su renuncia, a saber:

1. Resulta menester poner en conocimiento de los asociados las condiciones reales de contratación en torno al 'SUBSIDIO' recibido de parte de la Comuna de General Lagos en diciembre de 2016.
En el marco jurídico que rige el acuerdo, tras numerosas solicitudes al efecto de parte de la cooperativa, se basa en el convenio suscripto en fecha 20 de diciembre de 2016 entre Guillermo Javier Nardoni y el mandatario de la Comuna, Esteban Ferri, y sancionado mediante Ordenanza n° 48/16, la cual establece en su Clausula Segunda que los fondos recibidos serán destinados al reemplazo del automotor utilizado por la cooperativa para la realización de trabajos afines previendo sanciones en caso de incumplimiento en ese sentido. Dicho 'SUBSIDIO' no reviste el carácter de tal ya que aparece en los documentos mencionados como REINTEGRABLE, estableciéndose la forma de pago del mismo mediante 20 cuotas consecutivas mensuales, previendo un interés sobre el capital desembolsado evidenciando tratarse en los hechos de un mutuo y no de un subsidio propiamente dicho.
Si bien es cierto que la cooperativa no destinó los fondos recibidos a la adquisición de un rodado, también lo es que el cheque recibido de la comuna fue depositado en la cuenta corriente de la cooperativa en forma inmediata el 29 de diciembre de 2016, siendo absorbido por la entidad financiera automáticamente en una proporción de más de la mitad del total ($ 101.000) en cobertura de deudas anteriores, todas ellas justificadas, dejando un remanente de $ 99.000, destinados con posterioridad al pago de cuentas sueldo del personal de la cooperativa, pago de insumos y otras erogaciones, todo lo que se encuentra documentado y acreditado resúmenes de cuenta mediante y a disposición de los asociados.
Otro factor que ha hecho a la imposibilidad de cumplimiento del convenio radica en la inestabilidad económica y cambiaria imperante en el país durante la mayor parte del 2017, aseverando que tal como luce en las Actas del Consejo de Administración de dicho periodo y en el Balance Anual presentado en Asamblea Ordinaria del día 29 de diciembre de 2017, puesto a consideración y aprobado por unanimidad, los insumos de telefonía en general resultan cotizables a valor dólar no hallándose su correlativo en el aumento de la tarifa mensual abonada por los consumidores. Por esto, se hace imposible el recupero de los fondos recibidos en préstamo de la comuna a corto plazo, situación que durante el año fue puesta en conocimiento en forma verbal del Presidente Comunal quien hasta la semana pasada y con anterioridad a algunas declaraciones formuladas se había mostrado flexible a la posibilidad de negociar teniendo en consideración la función social de la cooperativa y la escasez de recursos que la aqueja.
A consecuencia de lo expuesto, queda descartada cualquier tipo de acusación al Presidente saliente en torno a la malversación de los fondos percibidos no hallando ésta asidero jurídico alguno.-
3. En relación a la supuesta controversial renuncia presentada por el Ex Presidente del Consejo de Administradores, no merece cuestionamiento dado que la misma había sido anoticiada con anterioridad en diferentes ocasiones. Éste, no obstante haber expuesto los motivos de su no postulación al cargo nuevamente (puesto que su mandato ya ESTABA CONCLUIDO), al no haber otro aspirante, asumió, generosamente y refrendado en reunión de Asamblea Ordinaria, el compromiso de continuar su gestión hasta que la aparición de un nuevo candidato posibilite un traspaso ordenado y evitando causar perjuicios a la entidad, aun a costa del suyo propio (personal y económico) pues es de resaltar que no solo los miembros del Consejo no perciben emolumento alguno por su labor, sino que habiendo sido propuesta esa posibilidad, el Sr. Nardoni, en calidad de Presidente del Consejo de Administradores, se negó a percibir una retribución permaneciendo en su cargo AD HONOREM.
Para concluir, este Consejo insta a la participación activa de sus asociados para además de facilitar a la cooperativa la consecución de sus fines, servicios de los cuales aprovecha toda la población de General Lagos, la posibilidad de afrontar entre todos el cumplimiento de sus obligaciones tanto así con proveedores como con consumidores en general puesto que es sabido que sin esfuerzo conjunto no existe éxito posible.

Consejo de Administradores de CoTelSer

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